Se mantienen los límites de módulos
La Ley de presupuestos mantiene los límites de ventas y compras para poder estar acogido el régimen de módulos en el IRPF y al régimen simplificado de IVA
La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 ha mantenido los límites que se están aplicando desde 2016 con carácter transitorio. Dichos límites son los siguientes:
IRPF
Volumen de ventas:
Volumen de ventas |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas |
Límite general |
250.000 euros |
150.000 euros |
Límite específico (emisión de factura) |
125.000 euros |
75.000 euros |
|
Actividades agrícolas y ganaderas |
Limite general |
250.000 euros |
250.000 euros |
Volumen de compras:
Volumen de compras |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Volumen de compras (excepto inmovilizado) |
Límite general |
250.000 euros anuales (IVA excluido) |
150.000 euros anuales (IVA excluido) |
IVA
Volumen de ventas:
Volumen de ventas |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas y ganaderas |
Límite general |
250.000 euros |
150.000 euros |
Actividades agrícolas y ganaderas |
Limite general |
250.000 euros |
250.000 euros |
Volumen de compras:
Volumen de compras |
Límites |
2016 a 2021 |
2022 (salvo prórroga) |
Adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de sus actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado |
Límite general |
250.000 euros anuales (IVA excluido) |
150.000 euros anuales (IVA excluido) |
También se han modificado los plazos para renunciar al régimen de módulos. Nuestros profesionales le asesorarán en esta materia y en cualquier otra problemática fiscal de su negocio. .
-
Aplazamiento del IRPF
Si lo desea, puede aplazar el pago del IRPF.
-
Declaración de depósitos bancarios
La información sobre depósitos que suministran los bancos para confeccionar el Impuesto de Patrimonio no siempre es válida.
-
Aportaciones de socios para compensar pérdidas
Cuando una sociedad tiene pérdidas y no tiene reservas suficientes para compensarlas, los socios pueden aportar fondos sin necesidad de hacer una ampliación de capital.
contenido exclusivo